Carteles o anuncios

Carteles o anuncios

 ¿sabias que….

 

Carteles o anuncios

 

Doctrina  jurisprudencial: de que los carteles anunciadores de la actividad en cualquier local comercial es una necesidad, sin distinguir por razón de origen, sea local desde su construcción o lo sea por un cambio de uso, pues un comercio tiene que anunciarse al publico para facilitar que su clientela pueda localizarlo, por tanto, su instalación constituye un derecho inherente a la actividad negocial y un uso licito de los elementos comunes, si bien con la limitación de que no se perjudiquen los derechos de los demás propietarios o se altere notoriamente el aspecto o decoro arquitectónico del edificio

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Doctrina jurisprudencial :"La instalación de anuncios o carteles es inherente a cualquier actividad negocial y constituye un uso lícito de los elementos comunes en cuanto no se perjudiquen los derechos de los demás propietarios ni alteren el decoro arquitectónico del inmueble; en tanto no se produzca ese perjuicio a los demás copropietarios o se altere el aspecto arquitectónico del edificio, no se pude prohibir a los propietarios de los locales de negocio, bien sea a ellos mismos o a sus arrendatarios, el uso de los elementos comunes, siempre que la colocación de rótulos o carteles no exceda de los parámetros exteriores del local".

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