¿Cómo se constituye la Propiedad Horizontal de un edificio?

¿Cómo se constituye la Propiedad Horizontal de un edificio?

 La propiedad horizontal como tal, se constituye, o por el único propietario del edificio o por los copropietarios en negocio jurídico plurilateral, como clasificado como acto conjunto por la doctrina alemana (Gesamtakte), que por ello precisa el consentimiento de todos los copropietarios, en orden a la constitución del régimen de propiedad horizontal y en orden a la fijación de las cuotas de participación correspondientes cada propietario. Y esto no lo puede sustituir una resolución judicial.

  1. Sala 1ª. 21 de julio 2002. recurso 73/1997