Hacienda inicia la devolución del “céntimo sanitario” a las comunidades de vecinos.

Hacienda inicia la devolución del “céntimo sanitario” a las comunidades de vecinos.

15/04/2015 El "céntimo sanitario" es un impuesto indirecto aplicado por la mayoría de las CC.AA. sobre el precio de los carburantes para financiar la sanidad pública

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 27 de febrero de 2014, consideró no conforme con la normativa comunitaria el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, conocido como “céntimo sanitario”, declarándolo nulo y obligando al Estado a restituirlo.

La Agencia Tributaria puso a disposición de los interesados un modelo de solicitud de devolución y actualmente ya hay noticias de que el organismo público está gestionando el reintegro de las cantidades entregadas en concepto de gasóleo para calefacción, más los intereses de demora.

Es importante recalcar que las comunidades de propietarios deben conservar las facturas para tramitar la solicitud, que puede descargar aquí.

Hacienda tiene un plazo máximo para notificar la resolución de seis meses. Si es favorable, la Agencia Tributaria determinará el importe y los intereses de demora devengados mediante liquidación provisional. En caso de ser desfavorable, la comunidad de vecinos podrá interponer recurso administrativo. Contra las resoluciones de los tribunales económico-administrativos se podrá iniciar la vía contencioso-administrativa.