¿Qué votos se necesitan para realizar obras en elementos comunes que conforman la estructura del edificio en una Comunidad de Propietarios?
Doctrina Jurisprudencial
¿Qué votos se necesitan para realizar obras en elementos comunes que conforman la estructura del edificio en una Comunidad de Propietarios?
El Tribunal Supremo, reitera como doctrina jurisprudencial que la ejecución de obras en elementos comunes, los cuales conforman la estructura del edificio, requieren del consentimiento unánime de la comunidad, sin que la permisividad de tales obras se encuentre condicionada a la existencia o no de perjuicio para los propietarios o afecten o no a la estructura, seguridad o configuración exterior del edificio comunitario, así como que la constitución de servidumbres en beneficio de elementos privativos requiere no sólo del consentimiento de los respectivos dueños de los predios dominante y sirviente sino también, cuando afecte a elementos comunes, del consentimiento unánime de la comunidad de propietarios
Articulo 17 de la LPH
JURISPRUDENCIA
Sentencia de 28 de marzo de 2012,http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6336672&links=&optimize=20120417&publicinterface=true
Roj: STS 2153/2012 - ECLI:ES:TS:2012:2153
Id Cendoj: 28079110012012100209
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 349/2009
Nº de Resolución: 150/2012
Procedimiento: CIVIL
Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
Tipo de Resolución: Sentencia
Roj: STS 3821/2014 - ECLI:ES:TS:2014:3821
Id Cendoj: 28079110012014100458
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 1015/2012
Nº de Resolución: 286/2014
Procedimiento: Casación
Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Tipo de Resolución: Sentencia