Vender un local de la comunidad de vecinos. ¿Se puede vender un local  que pertenece a una comunidad de vecinos? es una parte común de los garajes. ¿Se podría segregar si todos los vecinos estuviesen de acuerdo?

Vender un local de la comunidad de vecinos. ¿Se puede vender un local que pertenece a una comunidad de vecinos? es una parte común de los garajes. ¿Se podría segregar si todos los vecinos estuviesen de acuerdo?

Esta situación es muy frecuente que se dé con la vivienda destinada a portería. Para ello, hay que proceder a lo que se denomina 'desafectación del bien'. El objeto de esta actuación llevada a cabo por la comunidad es la de mejorar no solo el presupuesto de la propia comunidad sino también el de los propietarios, ya que su coeficiente de participación se verá disminuido, tal y como a continuación veremos.
 
El modo de proceder es con la convocatoria de la una junta de propietarios en la que ha de figurar en el orden del día la desafectación, describiéndose de manera concreta el inmueble objeto de dicha desafectación. Es necesario que se faculte al presidente de la comunidad, como representante de la misma, para que pueda ir al notario y así poder otorgar la correspondiente escritura.
 
El artículo 17.6 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge el criterio de la unanimidad:
 
“6. Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación”.
 
Queda por tanto claro que aprobando por unanimidad la junta la propuesta, cabe la desafectación del inmueble, momento a partir del cual se designarán los nuevos coeficientes de participación de cada uno de los propietarios.